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Capillas universitarias

Servicio de deportes, coro universitario, aula de teatro, ópera abierta, concurso de grupos musicales, centro de cooperación y acción solidaria, servicio de información y orientación en salud joven universitaria, aula de cine y audiovisuales… Cafeterías, Ingenieros sin fronteras, variopintas asociaciones estudiantiles, quioscos, agencias de viajes, oficinas bancarias… Sin pretender agotarlos, he aquí algunos de los servicios o actividades que la Universidad ofrece a todo su personal y alumnos, así como algunas de las iniciativas de mayor o menor interés social para las que la institución académica cede alguno de sus espacios.
En la misma línea, no es raro que cuenten las Universidades con un Servicio de asistencia religiosa, o incluso con una capilla universitaria.

Argumentos laicistas


Quienes proponen la eliminación de las capillas universitarias es frecuente que lo hagan también de cualesquiera expresiones religiosas en los espacios públicos.
1) La laicidad estatal, se dice, implica que el Estado no pueda acoger nombres, símbolos o actividades de una confesión religiosa, que habrán de reservarse para los espacios privados.
2) Como corolario del anterior argumento se alega que los espacios –o cualesquiera medios– públicos, en la medida en que son “de todos”, solo pueden acoger aquello que es por todos compartido. Se trataría de un espacio en que no podamos imponer nada a los demás, ni siquiera molestarlos. Los espacios públicos, se alega, ha de ser neutros religiosamente.
3) Por referir un último argumento alusivo específicamente a las capillas universitarias, suele invocarse la desconexión entre la actividad propia de la institución académica y la desplegada en aquellos recintos religiosos.


Las razones de la libertad religiosa


1) Por su especificidad, quizá proceda comenzar deteniéndonos en la normativa que regula la prestación de estos servicios religiosos en los establecimientos públicos, en particular en los universitarios. Rige al respecto el Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre enseñanza y asuntos culturales, rubricado el 3 de enero de 1979 y que –como Tratado internacional– forma parte de nuestro ordenamiento jurídico. Su artículo 5º establece lo siguiente: “El Estado garantiza que la Iglesia Católica pueda organizar cursos voluntarios de enseñanza y otras actividades religiosas en los Centros Universitarios públicos, utilizando los locales y medios de los mismos. La Jerarquía eclesiástica se pondrá de acuerdo con las autoridades de los Centros para el adecuado ejercicio de estas actividades en todos sus aspectos”.

2) Lo que la Constitución establece sobre las relaciones Estado-confesiones es que ninguna de éstas tendrá carácter estatal (artículo 16.3). Es decir, proclama la aconfesionalidad del Estado español. A tal previsión sigue ésta otra: “los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones”.

3) Ciertamente, los espacios públicos son “de todos”… no “del Estado”: aunque la propiedad sea estatal, por ser el espacio de todos son sus usuarios quienes le aportan un determinado “ambiente”; allí “todos” podrán ejercitar sus derechos con la garantía del Estado.





























































































































































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3ºESO Interpretaciones religiosas y filosoficas

Existe un gran número de interpretaciones sobre la teoría del Big Bang que son completamente especulativas o extra-científicas. Algunas de estas ideas tratan de explicar la causa misma del Big Bang (primera causa), y fueron criticadas por algunos filósofos naturalistas por ser solamente nuevas versiones de la creación.

El Big Bang como teoría científica no se encuentra asociado con ninguna religión. Mientras algunas interpretaciones fundamentalistas de las religiones entran en conflicto con la historia del universo postulada por la teoría del Big Bang, la mayoría de las interpretaciones son liberales.

-En la Biblia cristiana aparecen dos versículos que hablarían del big bang y el big crunch: «Él está sentado sobre el círculo de la tierra, cuyos moradores son como langostas; él extiende los cielos como una cortina, los despliega como una tienda para morar»
-La Iglesia Católica Romana ha aceptado el Big Bang como una descripción del origen del Universo.
-Algunos estudiantes del Kabbalah, el deísmo y otras fes no antropomórficas, concuerdan con la teoría del Big Bang.
-Algunos musulmanes modernos creen que el Corán hace un paralelo con el Big Bang en su relato sobre la creación: «¿No ven los no creyentes que los cielos y la Tierra fueron unidos en una sola unidad de creación, antes de que nosotros los separásemos a la fuerza? Hemos creado todos los seres vivientes a partir del agua».
-Algunas ramas teístas del hinduismo, tales como las tradiciones vishnuistas, conciben una teoría de la creación con ejemplos narrados en el tercer canto del Bhagavata Purana.
-El budismo posee una concepción del universo en el cual no hay un evento de creación.

Cuaresma


El recorrido cuaresmal encuentra su cumplimiento en el Triduo Pascual, en particular en la Gran Vigilia de la Noche Santa: al renovar las promesas bautismales, reafirmamos que Cristo es el Señor de nuestra vida, la vida que Dios nos comunicó cuando renacimos «del agua y del Espíritu Santo», y confirmamos de nuevo nuestro firme compromiso de corresponder a la acción de la Gracia para ser sus discípulos.
La cuaresma comienza el Miércoles de Ceniza y termina antes de la Misa de la Cena del Señor del Jueves Santo. Son 40 días de preparación para la Pascua. La duración de cuarenta días proviene de varias referencias bíblicas y simboliza la prueba de Jesús 40 días en el desierto previo a su ministerio y el retiro de 40 años de Moisés en el desierto. También simbolizan los 40 días que duró el diluvio, además de los 40 años de la marcha del pueblo Judío por el desierto y los 400 años que duró la estancia de los judíos en Egipto. A lo largo de este tiempo, los fieles católicos son llamados a reforzar su fe mediante diversos actos de penitencia y reflexión.
En los primeros años de la Iglesia, la duración de la Cuaresma variaba. Finalmente alrededor del siglo IV se fijó su duración en 40 días. Es decir, que ésta comenzaba seis semanas antes del Domingo de Pascua. Por tanto, un domingo llamado, precisamente, domingo de cuadragésima..... En los siglos VI-VII cobró gran importancia el ayuno como práctica cuaresmal, presentándose un inconveniente: desde los orígenes nunca se ayunó en domingo por ser día de fiesta, la celebración del Día del Señor.

La práctica de la Cuaresma data del siglo IV, cuando se da la tendencia a constituirla en tiempo de penitencia y de renovación para toda la Iglesia, con la práctica del ayuno y de la abstinencia. Conservada con bastante vigor, al menos en un principio, en las iglesias de oriente, la práctica penitencial de la Cuaresma ha sido cada vez más aligerada en occidente, pero debe observarse un espíritu penitencial y de conversión.

El Miércoles de Ceniza, el anterior al primer domingo de Cuaresma se realiza el gesto simbólico de la imposición de ceniza en la frente de los fieles católicos. La ceniza representa la destrucción de los errores del año anterior al ser éstos quemados. Mientras el sacerdote impone la ceniza dice una de estas dos expresiones: "Conviértete y cree en el Evangelio" ( Mc 1,15) o "Acuérdate de que eres polvo y al polvo has de volver" (Gén 3,19)